13.11.10 - FRANCISCO LANCHA .DIARIO SUR
Cuando se dictó sentencia estaban terminadas y, en la inmensa mayoría de los casos, habitadas .Las torres de Playamar, que se levantan orgullosas en la zona del Bajondillo, fueron calificadas en su época, al principio de los años setenta, como uno de los complejos turísticos más importantes del mundo. Sin embargo, no existia unanimidad en su construcción.
La edificación fue impugnada por doce vecinos de Torremolinos representados por el abogado malagueño Victoriano Frías O'Valle. Entre los querellantes se encontraba Miguel Sánchez-Apellániz, también abogado, propietario de una casa situada en una colina que quedaba justo detrás de Playamar. Este vecino planteó recursos contencioso-administrativos ante la Audiencia Territorial de Granada, que dictó sentencia el 27 de mayo de 1968, estimando en parte el recurso y declarando nulos los acuerdos que concedieron las licencias correspondientes a las torres tercera a novena. Esta sentencia fue confirmada por la Sala Cuarta de Tribunal Supremo el 12 de mayo del 1971. Los otros once reclamantes consintieron los acuerdos municipales y no acudieron a la vía de lo contencioso-administrativo. El señor Sánchez-Apellániz impugnó también los acuerdos referentes a Playamar II, pero la Audiencia Territorial de Granada desestimó su reclamación, estando en tramitación su recurso de apelación.
Conforme, a las sentencias que se dictaron de 27 de mayo de 1968 y 12 de mayo de 1971, la anulación de los acuerdos comportaba la demolición de las torres tercera a novena, salvo que razones de interés público aconsejasen su conservación. Para esto el Ayuntamiento de Málaga debía de presentar un informe en el que se demostrasen tales razones.
Evidentemente, esas razones existían y así lo estimó la Comisión Provincial de Urbanismo al adoptar su decisión. Las más importantes fueron que las torres se construyeron al amparo de licencias concedidas por el Ayuntamiento. Y cuando se dictó sentencia estaban completamente terminadas y, en la inmensa mayoría de los casos, habitadas. Así como que los propietarios de aquel entonces, en su casi totalidad extranjeros, invirtieron como promedio dos millones de pesetas por apartamento, que constituía una fuente constante de divisas. Además, la inversión de cientos de millones de pesetas, en época de retraimiento, en la construcción de dichas torres, no debía penalizarse al cabo de cuatro años. Junto a esto, no tenía comparación el perjuicio del señor Sánchez-Apellániz, al obstaculizársele la vista al mar, con el inmenso perjuicio de todos los propietarios afectados.
Por fortuna las torres de Playamar, en Torremolinos, no fueron demolidas y continúan hiniestas.
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